viernes, 26 de septiembre de 2014

El contrato de arras y sus tipos (II)

Como continuación a nuestro anterior artículo publicado el pasado miércoles 24 de septiembre, hoy vamos a intentar explicar los distintos tipos de contratos de arras. 
Para comenzar debemos tener en cuenta que las consecuencias en caso de incumplimiento del contrato, no son las mismas en todas las arras, pues en función de la voluntad con las que las constituyan las partes, distinguiremos entre tres tipos de arras: confirmatorias, penales y penitenciales; las tres han sido claramente definidas mediante la doctrina del Tribunal Supremo y de la reciente sentencia de 21 de marzo de 2012 y que seguidamente pasamos a explicar.
  • Arras confirmatorias: El comprador entrega una determinada cantidad de dinero como parte del pago del inmueble que quiere comprar. Este contrato sólo puede resolverse cuando las dos partes estén de acuerdo con ello. En caso de que una de las partes se echara atrás, la otra puede pedir el cumplimiento del contrato o exigir su resolución además de un indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. Hay que dejar claro que estos supuestos daños o perjuicios deben justificarse o probarse. Cuando en el contrato no se especifica qué tipo de arras se están firmando, el Tribunal Supremo ha dispuesto que la norma general sea que estamos ante un contrato de arras confirmatorias.  
  • Arras penales: Este tipo de arras se pactan para el caso de incumplimiento. La cantidad que se entrega en concepto de arras no se entiende como parte del precio, sino que el importe fijado funciona como una cláusula penal es decir, la pena sustituye la indemnización por daños y abono de los intereses en caso de incumplimiento si no se pacta otra cosa y, además, se puede reclamar que el contrato sea efectivamente cumplido.
  • Arras penitenciales: Las arras penitenciales son las únicas que NO OBLIGAN al cumplimiento del contrato que se rescindirá con el consecuente pago establecido para quien lo incumpla. Es decir, si se firma este tipo de contrato, hay que tener en cuenta que cualquiera de las partes firmantes pueden desistir de la compraventa del inmueble pero con una penalización. Si es el comprador quien incumple el contrato, el vendedor se queda con la cantidad entregada en concepto de señal; si por el contrario fuese el vendedor quien se echase para atrás, el comprador tendría derecho a quedarse con el doble de la cantidad entregada. 

miércoles, 24 de septiembre de 2014

El contrato de arras y sus tipos.

Casi todo el mundo ha oido en alguna ocasión la frase "firmar cotrato de arras" pero en realidad, ¿sabemos lo que es un contrato de arras y lo que supone firmarlo?

El contrato de arras es un contrato privado entre dos partes. Es un documento previo a la compra-venta, que se utiliza para garantizar entre ambas partes el cumplimiento del acuerdo. Básicamente estamos hablando de un documento privado en el que el vendedor se compromete frente al comprador a reservar un inmueble de su propiedad, a cambio de una determinada cantidad de dinero.
La firma de este precontrato implica obligatoriamente que las partes firmantes, es decir, comprador y vendedor, firmarán en un futuro el contrato de compraventa; se aseguran una compraventa en el futuro.


Existen tres características indispensables para confeccionar correctamente un contrato de arras, así como para saber identificar un contrato de este tipo:
  • La señal: Todos los contratos de arras deben contemplar la entrega de dinero desde el futuro comprador al futuro vendedor. Se efectúa en el mismo momento de la firma y se conoce con el nombre de "señal".
  • Se compromete una compraventa en el futuro y no en el momento de la firma. La cantidad de dinero entregada es para asegurarnos la posibilidad de una compra futura. Nunca un contrato de arras contemplará la posibilidad de efectuarse la compraventa en el momento de su firma.
  • Las partes firmantes adquieren voluntariamente un derecho y una obligación; un derecho de compra (comprador) y un derecho de venta (vendedor).


En el próximo artículo hablaremos de los diferentes tipos de contratos de arras que existen.

lunes, 22 de septiembre de 2014

Casa-Chalet en Buñol (Valencia)

En la localidad de Buñol, un pueblo situado a 35 kilómetros de Valencia, tenemos ésta magnifica casa-chalet ubicada en la zona más céntrica e importante de la población. Es un inmueble del año 1950 con una superficie total construida de 387 metros cuadrados repartidos entre vivienda principal de dos plantas y finca anexa y todo ello dentro de una parcela de 669 metros.
Una de las características más destacables del inmueble es su ubicación. Está en el mismo centro de la población, al lado del "Puente Nuevo" y a escasos metros del la plaza del pueblo y del Ayuntamiento. Sus vistas son espectaculares, situado próximo al río y muy cerca del castillo.
El inmueble está dividido en una vivienda principal (la casa-chalet de dos alturas), un edificio anexo, piscina, y jardín con paellero. La vivienda principal se compone de 6 habitaciones, 2 baños, cocina, salón, comedor y trastero. El edificio anexo está compuesto por 3 habitaciones, un cuarto de baño, un aseo, cocina y salón comedor.
La vivienda dispone de dos porches en la planta baja y de dos terrazas orientadas al sur en el primer piso que aportan luminosidad a las habitaciones.

A continuación os dejamos el siguiente enlace donde podréis ver las características del inmueble:
chalet en buñol, venta, 6 habitaciones, 323 m2, 650.000€


viernes, 19 de septiembre de 2014

Bajo comercial en la calle los Hierros.

Bajo comercial en la calle los Hierros de Valencia; cerca de la calle de la Serrería y al lado de la estación de metro "Maritim-Serrería".
Es un local de aproximadamente 120 metros cuadrados ideal para utilizar como almacén o para montar un negocio. Dispone de una puerta principal con persiana y una ventana que dan a la calle de los Hierros.
El local está distribuido en una amplia zona principal, dos habitaciones y dos baños además de dos patios interiores que le confieren más luminosidad.
El alquieler mensual es de 450 € y se podría negociar una carencia en el contrato para realizar mejoras.

viernes, 12 de septiembre de 2014

Local comercial en la calle Fray Junípero Serra de Valencia.

Local comercial ubicado en la calle Fray Junípero Serra de Valencia; entre la Avenida de las Tres Cruces, Archiduque Carlos y Tres Forques.
Zona con tráfico peatonal y comercios varios alrededor. Ubicado en un punto donde confluyen varias calles y con una amplia zona de aparcamiento.
El local tiene unos 68 metros cuadrados de superficie útil y 74 metros de superficie construida pero se puede aumentar construyendo un altillo ya que dispone de una altura libre de aproximadamente 6 metros.
Está muy bien cuidado. Tiene 1 dependencia principal, dos cuartos pequeños y un aseo. Hay posibilidad también de unir esos dos cuartos para dejar uno a modo de almacén, más amplio.
Tiene aire acondicionado y la persiana de la puerta pricipal es automática.
Está dado de alta de luz y de agua.
 Más información en nuestra web.
www.comercialinmobiliariavalencia.com

martes, 9 de septiembre de 2014

Local comercial en Riba-Roja del Turia (Valencia)

Local comercial en Riba-Roja del Turia (Valencia). Con una superficie de 180 metros útiles.
Está situado en una de las calles principales de la población, la carretera de Villamarxant. El local anteriormente era una cafetería y dispone de vado durante todo el año. Delante de la puerta principal del local hay una amplia acera de más de 6 metros de profundidad.
El local tiene 3 baños, uno de ellos acondicionado para discapacitados, una zona de almacén, una habitación interior y una plaza de garaje con acceso desde la calle de detrás.
Tiene aire acondicionado frío-calor y suelos de gres. Los lavabos están preparados con luz automátizada (se enciende cuando abren la puerta del baño). Tiene también una persiana en la puerta principal.
Es un local que por su ubicación, distribución y precio, lo hacen muy interesante.

Para más información:
www.comercialinmobiliariavalencia.com